La razón histórica. Revista hispanoamericana de Historia de las ideas
Número 64
ISSN 1989-2659
¿Democracia militante o intervención electoral? Comentario del caso Călin Georgescu v. Rumania.
Gustavo Farfán Saldaña
Abogado. Licenciado en Ciencias Jurídicas, Universidad de Valparaíso (Chile)
ORCID 0000-0002-9773-5067
RESUMEN: En diciembre de 2024 la Corte Constitucional de Rumanía anuló la primera vuelta de las elecciones presidenciales, debido a que los servicios de inteligencia informaron que el vencedor de dichos comicios utilizó las redes sociales para conseguir una popularidad acelerada. En marzo de 2025 el Tribunal Europeo de Derechos Humanos declaró inadmisible el reclamo del candidato afectado, tras considerar que dicha sentencia no vulnerase el derecho a elecciones libres, que solo se reconoce en elecciones parlamentarias; ni sus derechos a un juicio justo, y al recurso judicial efectivo, que no se contemplan respecto de la justicia electoral y/o constitucional; negando que se haya afectado su derecho de asociación política, por tratarse de un candidato independiente. A partir del análisis de ambas sentencias, este artículo busca determinar si este caso es un ejemplo de la práctica de la democracia militante, o si en cambio es solamente una muestra de intervencionismo electoral por parte de las autoridades rumanas.
PALABRAS CLAVES: democracia militante, intervención electoral, democracia constitucional, integridad electoral, derecho a elecciones libres, Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
ABSTRACT: In December 2024, the Constitutional Court of Romania annulled the first round of the presidential elections after intelligence services reported that the winner of those elections had used social media to rapidly gain popularity. In March 2025, the European Court of Human Rights declared the affected candidate’s claim inadmissible, reasoning that the ruling did not violate the right to free elections—recognized only in parliamentary elections—nor his rights to a fair trial and an effective legal remedy, as these are not applicable to electoral and/or constitutional justice. The court also denied that his right to political association had been infringed, given that he was an independent candidate. Based on the analysis of both rulings, this article seeks to determine whether this case represents an instance of militant democracy or if, instead, it is merely an example of election subversion by the Romanian authorities.
KEYWORDS: defensive democracy, election subversion, constitutional democracy, electoral integrity, right to free elections, European Court of Human Rights.
“La salud de las democracias, cualquiera que sean su tipo y su grado, depende de un mísero detalle técnico: el procedimiento electoral. Todo lo demás es secundario. Si el régimen de comicios es acertado, si se ajusta a la realidad, todo va bien; si no, aunque el resto marche óptimamente, todo va mal.” José Ortega y Gasset. La rebelión de las masas (1930/2010, p. 233)
1.- Introducción
El 6 de diciembre de 2024 la Corte Constitucional de Rumania anuló la primera vuelta de las elecciones presidenciales, en las que el candidato independiente Călin Georgescu obtuvo inesperadamente la primera mayoría, argumentando que él había manipulado las redes sociales a fin de conseguir mayor visibilidad que sus oponentes, aunque sin declarar dicho gasto de campaña. Sin embargo, este antecedente se basó únicamente en lo reportado por los servicios de inteligencia del país, que no aportaron más antecedentes que sus propios informes.
Călin Georgescu recurrió la sentencia constitucional ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, alegando vulneraciones del derecho a un juicio justo (Art. 6), al recurso judicial efectivo (Art. 13), de la libertad de reunión y asociación política (Art. 11), todos del Convenio Europeo de Derechos Humanos; y del derecho a elecciones libres previsto en el Art. 3 del Protocolo N°1 del Convenio. Sin embargo, en marzo de 2025 el Tribunal Europeo de Derechos Humanos declaró inadmisible el reclamo del candidato. Al efecto, se señaló que el derecho al juicio justo, y al recurso judicial efectivo no se contemplan respecto de la justicia electoral y/o constitucional; se negó cualquier afectación al derecho de asociación política, por tratarse de un candidato independiente; y por último se reafirmó la jurisprudencia de larga data, conforme a la cual el derecho a elecciones libres solo se reconoce en las elecciones de la legislatura, sin que sea posible extender dicho derecho a otros comicios.
Lo sucedido en este caso nos presenta un problema interesante, ya que, si bien Călin Georgescu era un político independiente con una larga trayectoria en organismos internacionales vinculados al desarrollo sostenible y medioambiente,[1] su programa y declaraciones han sido calificados como de ultraderecha, especialmente por su oposición a la intervención europea en el conflicto entre Rusia y Ucrania, y por su respaldo a la Iglesia Ortodoxa, tradicionalmente vinculada a Moscú.[2] Sin embargo, su victoria en las urnas no fue impugnada con base en que él o su programa fuesen inconstitucionales, o una amenaza al régimen democrático; el argumento de la Corte Constitucional fue que la infracción de las normas de gasto electoral le otorgó una ventaja ilegítima sobre sus oponentes, todo esto según lo reportado por los órganos de inteligencia.
El presente artículo tiene por objeto determinar si la anulación de la primera vuelta de las elecciones presidenciales rumanas puede ser considerado como un ejercicio de democracia militante, esto es la defensa del mismo régimen democrático contra una amenaza al mismo, o si en cambio esto es un mero caso de intervencionismo electoral. Para lograr esto se realizará un análisis jurídico de las ambas sentencias, tanto de la Corte Constitucional de Rumania como del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, junto con su contexto político, siguiendo una metodología de investigación mixta, dogmática y analítica, no experimental (Martínez, 2016, p. 179). A partir de este análisis de caso se buscará inferir si los mecanismos empleados se ajustan a la democracia militante, o si corresponden a una forma distinta de intervención electoral (Tantaleán, 2016).
Todo lo anterior nos permite concluir que, pese a las apariencias, este caso es una expresión de intervencionismo electoral, en que se utilizó la justicia constitucional rumana para dejar sin efecto una elección democrática, basándose en informes de los servicios de inteligencia controlados por uno de los partidos políticos derrotas en dichos comicios. La sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha ratificado esta práctica, debido a que el Convenio Europeo de Derechos Humanos solo garantiza el derecho a elecciones libres de los órganos legislativos. Lamentablemente, esto también valida el uso de información obtenida por los servicios de inteligencia para efectos de la justicia electoral, con los evidentes problemas procesales que ello conlleva, afectando impunemente el derecho al juicio justo.
2.- Sentencias de la Corte Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos
2.1 Las elecciones presidenciales rumanas de 2024
A diferencia de otros países de Europa Oriental, en Rumania no se ha limitado la participación política de los dirigentes de la dictadura de Nicolae Ceausescu. Casi todos los presidentes, primeros ministros y dirigentes políticos en general tuvieron participación en el antiguo régimen y sus organismos satélites, incluida la Securitate. Durante todo el periodo el país ha sido gobernado por el Partido Nacional Liberal (PNL), por el Partido Demócrata Liberal[3] (PDL), o por el Partido Socialdemócrata (PSD), estos últimos dos derivados del Frente de Salvación Nacional, formado por miembros del Partido Comunista Rumano que impulsaron la revolución rumana de 1989 y el posterior fusilamiento de Ceausescu (Stan, 2016).
En 2021 ocurrió una crisis interna debido a las acusaciones de corrupción en el gobierno liderado por el PNL. Esto desembocó en la censura del gabinete a propuesta de dos partidos minoritarios: la Unión Salvemos Rumanía (USR) y la Alianza para la Unión de los Rumanos (AUR).[4] Tras muchas dificultades, se conformó un gobierno liderado por el exgeneral Nicolae Ciucă[5] (PNL) como primer ministro, con el respaldo del PSD y la Unión Democrática de Húngaros en Rumania (UDHR).[6] El Gobierno de Ciucă ha sido calificado como autoritario e iliberal debido a la corrupción generalizada, la intervención gubernamental de la judicatura, las limitaciones de la prensa, la militarización de la administración, la supresión de libertades económicas, y el incremento exponencial del poder de los servicios de inteligencia (Pantazi, 2022). Cabe señala que la Alianza para la Unión de los Rumanos se restó de participar de la coalición, proponiendo en cambio un gobierno independiente y tecnocrático liderado por el independiente Călin Georgescu.[7] En cambio, la Unión Salvemos Rumania propuso un gobierno conjunto de su partido y el PNL, opción que no logró concretarse.[8]
Para las elecciones presidenciales de 2024 cada partido presentó candidaturas separadas. En octubre de ese año, solo dos meses antes de las elecciones, la Corte Constitucional rompió con una larga tradición jurídica de limitarse a un control administrativo de las candidaturas, y prohibió la participación de la eurodiputada Diana Șoșoacă, de la AUR, debido a sus posiciones rusófilas y de extrema derecha, tras lo cual fue reemplazada por George Simion, presidente de su partido. Cabe señalar que al momento del veto ella estaba posicionada en el tercer lugar de las principales encuestas (Iancu, 2025).
La retirada forzosa de Diana Șoșoacă derivo en el crecimiento de Călin Georgescu, candidato independiente que compitió con una plataforma conservadora y nacionalista, desarrollada principalmente en redes sociales como Tik-Tok. Su campaña fue descrita como de extrema derecha por la prensa occidental, debido a su respaldo al republicano Donald Trump, así como su rechazo de la intervención de la OTAN y Rumania en el conflicto ruso-ucraniano, junto con su simpatía hacia Rusia y la Iglesia Ortodoxa (Iancu, 2025). En general su candidatura sigue la línea de otros movimientos en Europa y América, que se pueden considerar como iliberales, en tanto son contrarios a la democracia liberal basada en partidos políticos, y al neoliberalismo económico (Pérez, 2025).
La primera vuelta de las elecciones se realizó el 24 de noviembre de 2024. En ella Călin Georgescu consiguió la victoria parcial, con el 22,94% de los votos. En segundo lugar, quedó Elena Lasconi, respaldada por la USR, con el 19,18%. Tercero quedó Marcel Ciolacu, con un 19,15%, a menos de dos mil votos de su contendora. En cuarto lugar, George Simion, por la AUR, con el 13,86% de los sufragios. Nicolae Ciucă, que abandonó el cargo de primer ministro en 2023, obtuvo el quinto lugar, con el 8,79%. La suma de los otros nueve candidatos fue levemente superior al 16%.[9] Una vez conocidos los resultados, el PNL y el PSD manifestaron rápidamente su adhesión a Lasconi, mientras que Georgescu consiguió el respaldo de un grupo heterogéneo que incluía a conservadores, nacionalistas, y parte de la izquierda, incluido el Partido Comunista (Iancu, 2025).
2.2 Anulación de las elecciones por la Corte Constitucional
El 28 de noviembre la Corte Constitucional ordenó el recuento de los votos, tras una solicitud realizada por el diputado Cristian Terheș (PSD), debido al estrecho margen entre el segundo y tercer lugar.[10] En paralelo, el Consejo Supremo de Defensa Nacional (CSDN), órgano rumano de seguridad nacional, acusó que la campaña de Georgescu no declaró los gastos de campaña en redes sociales. Citando fuentes del Servicio de Información Externa (SIE),[11] el CSDN afirmó que el ultraderechista aprovechó los algoritmos de las redes sociales para conseguir una popularidad acelerada. Por último, el servicio de inteligencia acusó que una potencia externa desconocida realizó ciberataques contra el país, aunque sin afectar los resultados de las elecciones.[12]
Aunque inicialmente la Corte Constitucional ratificó los resultados de las elecciones, se inició un nuevo proceso de evaluación debido a los antecedentes informados por el CSDN contra la candidatura de Georgescu. Durante esos días la embajada estadounidense en Rumania manifestó su preocupación, junto con el interés del entonces presidente Joe Biden respecto a que el país se mantuviese en la OTAN, al tiempo que advirtió que cambios en esta política afectarían la inversión y colaboración de EE.UU. con Rumania.[13]
El 6 de diciembre la Corte Constitucional decidió anular el resultado de las elecciones del 24 de noviembre,[14] por considerar que se vulneró el Art. 37 de la Constitución de Rumania, que establece el derecho a ser electo en cargos públicos, como expresión del derecho a elecciones libres, debido a que la candidatura de Călin Georgescu habría manipulado las redes sociales para obtener una mayor presencia que sus competidores, afectando la igualdad del voto (Corte Constitucional, párr. 16).
Para llegar a tal conclusión, la Corte razonó en primer lugar que la democracia constituye un elemento fundamental del orden constitucional en una sociedad democrática; y su mayor expresión es precisamente el derecho a elecciones libres, un prerrequisito para el funcionamiento legítimo del mismo Estado (Corte Constitucional, párr. 7-9). Como expresión de esto la soberanía radica en el pueblo, que la ejerce en las elecciones periódicas; luego, es deber del Estado velar por que este derecho se ejerza en forma libre, garantizando la integridad e imparcialidad de las elecciones, como requisito de una genuina democracia constitucional liberal. De esto derivarían dos obligaciones; primero, prevenir interferencias indebidas contra esa voluntad popular, y, en segundo lugar, la neutralidad del Estado frente a estos procesos, promoviendo el voto informado de los ciudadanos, pero sin incidir en su preferencia (Corte Constitucional, párr. 9-10).
Respecto a este caso, la Corte Constitucional determinó que las elecciones no fueron libres, ya que la información entregada por el servicio de inteligencia permitió acreditar que la campaña de Georgescu en redes sociales produjo una distorsión de la voluntad popular, debido a que utilizó mecanismos de inteligencia artificial, pagados con fondos no declarados. Esto último constituyó además una infracción de la legislación electoral (Corte Constitucional, párr. 11). De esta manera, se afectó el derecho a la elección libre del presidente, puesto que los ciudadanos no se pudieron formar una opinión en igualdad de condiciones, debido a que las redes sociales habrían favorecido injustamente a Călin Georgescu, dándole una mayor exposición que a sus competidores (Corte Constitucional, párrs. 12-16). Se cuestionó especialmente que el vencedor declarase no haber realizado gastos de campaña, en circunstancias de que el servicio de inteligencia afirmó que él si había incurrido en gastos, aunque este monto no fue explicitado en la sentencia. Por lo demás, los jueces consideraron absurdo que alguien pudiera realizar una campaña exitosa sin incurrir en costos millonarios (Corte Constitucional, párr. 18).
En base a lo todo anterior, la Corte Constitucional anuló la primera vuelta de las elecciones presidenciales, y ordenó repetir el procedimiento. Esto, a su vez, implicó extender el periodo presidencial vigente hasta la culminación del proceso electoral. Con esto la magistratura pretendía restaurar la confianza en la legitimidad democrática de las autoridades, al permitir que las elecciones se realizasen en igualdad de condiciones, permitiendo que ellas fuesen libres de cualquier interferencia ilegítima (Corte Constitucional, párr. 21).
2.3 Decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos
Ante la falta de recursos internos contra el fallo de la Corte Constitucional, Călin Georgescu recurrió al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). El afectado alegó que la sentencia se había basado en acusaciones infundadas de los servicios de seguridad del Estado, controlados por los partidos dominantes, cuestión que torció la voluntad popular expresada en las elecciones. De esta manera, la sentencia nacional habría vulnerado el derecho a elecciones libres previsto en el Art. 3 del Protocolo Adicional N°1 de la Convención Europea de Derechos Humanos (CEDH), infringiendo además los derechos al juicio justo (Art. 6), al recurso judicial efectivo (Art. 13), a la libertad de expresión (Art. 10), así como la libertad de reunión y asociación política (Art. 11), todos de la Convención Europea de Derechos Humanos (Călin Georgescu v. Rumania, párr. 20).
El 6 de marzo de 2025 el TEDH declaró inadmisible el requerimiento del candidato rumano.[15] En primer término, se rechazó cualquier vulneración del derecho a elecciones libres, ya que el Art. 3 del Protocolo Adicional N°1 del CEDH (1952) establece dicho derecho solo respecto de la elección del cuerpo legislativo, conforme dispone el tenor literal de dicho artículo. En este sentido, la presidencia de Rumania tiene escasas facultades vinculadas al proceso legislativo, limitadas al poder de veto y el nombramiento del gobierno, por lo que no podría ser considerada parte del cuerpo legislativo en sentido estricto. Por ende, no existe un derecho de elecciones libres del órgano ejecutivo que pudiera ser amparado por la CEDH (Călin Georgescu v. Rumania, párr. 22-26).
También se rechazó la alegación de Georgescu respecto de una infracción del derecho a un juicio justo (Art. 6) y al recurso judicial efectivo (Art. 13), ambas garantías contempladas expresamente por la CEDH. En una concepción claramente restrictiva, el Tribunal señaló que no se había vulnerado el derecho al juicio justo, ya que solo se trataba de un procedimiento electoral, y no un asunto criminal o civil. Así, la naturaleza del asunto impedía que Georgescu tuviese derecho a controvertir lo señalado por los órganos de seguridad ante la Corte Constitucional. Por esta misma razón el Tribunal desestimó que el candidato tuviese un derecho a recurrir, ya que los procedimientos constitucionales por regla general no están amparados por las garantías judiciales del Convenio (Călin Georgescu v. Rumania, párrs. 28-31).
Respecto de las alegaciones de Georgescu de que la resolución de la Corte Constitucional vulneró su derecho a la libertad de expresión (Art. 10), así como la libertad de reunión y asociación política (Art. 11), el Tribunal igualmente las descartó de plano, por estimar que no se habían acompañado pruebas que fundase tales infracciones. En este sentido, consideró que, de existir, ellas se referirían al pretendido derecho de elecciones libres, que no estaría protegido respecto de los postulantes a un órgano ejecutivo (Călin Georgescu v. Rumania, párr. 32-34). Acerca de la libertad de asociación política, el Tribunal igualmente descartó cualquier vulneración, debido a que el candidato Călin Georgescu concurrió en calidad de independiente, razonando que solo los partidos políticos podían ver afectado su derecho a la asociación política, y no los candidatos a título personal (Călin Georgescu v. Rumania, párr. 35).
La inadmisibilidad fue acordada por la unanimidad de los jueces del El Tribunal Europeo de Derechos Humanos. En paralelo la Corte Constitucional prohibió la participación de Georgescu en las nuevas elecciones presidenciales, lo que ha generado manifestaciones de sus adherentes, así como críticas de políticos rumanos de distintos sectores.[16]
3.- De la democracia liberal a la democracia militante
3.1 Análisis de la sentencia Călin Georgescu v. Rumania
La sentencia establece criterios restrictivos para la interpretación del derecho a las elecciones libres, de la libertad de asociación política, y las garantías judiciales, todas ellas bases del sistema democrático liberal y del Estado de derecho. Más bien, parece renovar el concepto de la democracia militante, limitada por la seguridad nacional, tal y como ocurrió durante la Guerra Fría (Zuñiga, 2012).
En primer lugar, la interpretación general de la CEDH es manifiestamente restrictiva, aunque esto parece ser una característica general del TEDH, cuyo examen de admisibilidad es muchas veces más exigente que el de los tribunales nacionales (Álvarez, 2021). Esto contrasta con otros tribunales regionales, como es el caso de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la que ha realizado interpretaciones extensivas que han sido criticadas por los Estados y la doctrina, al forzar la Convención Americana de Derechos Humanos hasta supuestos que jamás contemplaron sus redactores ni suscriptores (Malarino, 2010).
Respecto del derecho a las elecciones libres, la jurisprudencia del TEDH ha sido clara en cuando a limitar dicho derecho solo a la elección de la legislatura, sin admitir interpretaciones extensivas (Ruiz Robledo, 2018). Así, en la sentencia Paksas v. Lituania el TEDH admitió dicho el derecho a elecciones libres con ocasión de una postulación al parlamento lituano, pero separado de la candidatura a la presidencia (Paksas v. Lituania, párr. 70-72). En esto difiere del sistema interamericano de derechos humanos, que reconoce el derecho a elecciones libres en todo tipo de comicios, sin distinción (Sanabria, et. al, 2021).
Claramente este es un defecto de la propia CEDH, que niega la posibilidad de elegir democráticamente el poder ejecutivo del Estado, facultad que le resulta desconocida a las democracias westminsterianas (Farfán, 2024). Sin embargo, y aun admitiendo esta limitación del derecho solo a la elección de los miembros del órgano legislativo, se debe considerar que el presidente de Rumania tiene facultades normativas, las que en muchos casos puede ejercer directamente en casos de emergencia, como efectivamente ocurrió durante la pandemia. Esto, además, sin considerar su poder de veto sobre la legislatura, por lo que una interpretación amplia podría haber extendido este derecho para cubrir también su elección (Asociación para la Defensa de los Derechos Humanos en Rumanía – Comité de Helsinki, 2025).
Otro punto que el TEDH no ha considerado en la generalidad de los casos es que el ordenamiento nacional puede establecer un estándar para las elecciones más elevado que el definido por el mismo Convenio, como ocurre precisamente con la Constitución de Rumania, y por tanto no se podría interpretar en una forma que restringa el ejercicio de un derecho fundamental. En el sistema interamericano esto no sería posible en virtud del principio de la no regresividad de los derechos humanos; sin embargo, el Art. 17 del Convenio Europeo solo fija un mínimo para los Estados, el que simultáneamente constituye un máximo para el TEDH (Becerra, 2023).
La inadmisibilidad del reclamo por la infracción de los derechos al juicio justo y al recurso judicial efectivo nos exige mayor detención. En efecto, el TEDH ha seguido igualmente un criterio restringido, aplicando dichas garantías solo en materias civiles y criminales, pero no así respecto de procedimientos administrativos y constitucionales. En estos dos últimos ámbitos las garantías procesales solo se admiten en la medida que exista una eventual sanción semejante a una pena; sin embargo, el TEDH ha descartado siempre su aplicación en juicios de naturaleza política y electoral (Pierre-Bloch v. France, párr. 54).
De esto deriva una consecuencia bastante grave: en los procesos civiles y penales se reconocen las garantías judiciales, y solo de forma limitada en materias administrativas y criminales. En cambio, los juicios de tipo electoral y político no están amparados por la CEDH. Es decir, que el Estado es libre para despojar de sus derechos políticos a cualquier ciudadano, utilizando pruebas obtenidas por los aparatos de seguridad, sin que se pueda reclamar de ello. Basta que se trate de un dictamen que no sea de tipo penal ni civil, como ocurrió con este dictamen de la Corte Constitucional (Călin Georgescu v. Rumania, párr. 29). Sin embargo, la sentencia omite que para ese momento ya se había iniciado un proceso criminal en contra de Georgescu, con base en antecedentes que fueron recolectados por los servicios de inteligencia, y sin posibilidad de haber sido controvertidos por el afectado en sede constitucional.[17]
Nos parece que el TEDH ha perdido una buena oportunidad de analizar la pertinencia y oportunidad de que los servicios de inteligencia vigilen la actividad de los políticos y las redes sociales. Cabe señalar que, a diferencia de otros países del bloque soviético, en Rumania los dirigentes del antiguo régimen comunista y de la policía secreta han conservado sus posiciones (Stan, 2006). Resulta más grave que Petru Gabriel Vlase, director del Servicio de Inteligencia Exterior, y quién entregó a la Corte Constitucional los antecedentes, sea militante del PSD, el partido cuyo candidato quedó fuera del balotaje por menos de 2000 votos.[18] Entonces, es cuestionable que el TEDH haya desechado tan rápidamente la posibilidad de que alguno de los partidos mayoritarios hubiese influido en la actuación de los servicios de inteligencia (Călin Georgescu v. Rumania, párrs. 32-35).
Nos parece especialmente curioso el criterio del TEDH respecto al derecho de reunión y asociación política, al radicar este último exclusivamente en los partidos políticos, por considerarlos esenciales para un régimen democrático (Republican Party of Russia v. Russia, párr. 78). La sentencia de Călin Georgescu v. Rumania el TEDH expresamente niega el derecho de asociación política respecto de los candidatos independientes, siendo por tanto necesario estar afiliado a un partido. Contrario sensu, los independientes carecen de esta garantía (Călin Georgescu v. Rumania, párr. 35). Nos parece claro que dicha interpretación invisibiliza el rol preferente de los ciudadanos y la comunidad nacional como depositarios de la soberanía. De esta manera el criterio del TEDH es funcional al régimen partitocrático, esto es el gobierno de los partidos (Fernández de la Mora, 1976).[19] Por lo demás, un movimiento formado en torno a un candidato puede intervenir políticamente de la misma forma que un partido instrumental o aquellos organizados por causas particulares.[20]
3.2 ¿Democracia militante o mero intervencionismo electoral?
Por democracia militante o la democracia protegida, nos referimos a los mecanismos existentes en las democracias liberales, cuyo objeto es restringir la existencia y participación de partidos políticos o movimientos antidemocráticos, con el fin de protegerse a sí misma de su destrucción. Los mecanismos de protección generalmente consisten en restricciones para la formación, actuación y participación de partidos que sean contrarios al régimen democrático liberal. Existen abundantes ejemplos de esto, como es el caso del Art. 9 de la Ley Fundamental de Bonn,[21] el Art. XII transitorio de la Constitución Italiana[22] o el antiguo Art. 8 de la Constitución de Chile,[23] entre otras (Beimenbetov, 2014). En ocasiones la política exterior o las situaciones de crisis pueden ser utilizadas para limitar la libertad política, en defensa de la misma democracia, por periodos acotados de tiempo (Ackerman, 2004).
El concepto de democracia militante nació precisamente como una forma de enfrentar el crecimiento del fascismo y el comunismo en el periodo entreguerras (Loewenstein, 1937) y ha sido defendida por los principales teóricos de la democracia liberal (Popper, 1985). Tras la derrota del fascismo en la Segunda Guerra Mundial estos mecanismos de protección democrática fueron implementados en la mayoría de las constituciones europeas. La defensa de la democracia sirvió como fundamento para la proscripción y persecución de los partidos comunistas en buena parte de Occidente durante la Guerra Fría. Si bien la caída de la Unión Soviética y sus satélites le ha restado importancia y adherentes, el creciente desarrollo de movimientos iliberales y populistas durante este siglo le ha dado un nuevo auge a la democracia militante (Bourne y Rijpkema, 2022).
En todo caso, se trata siempre de medidas que deben ser necesarias para proteger a la propia democracia de la amenaza de movimientos que promuevan la implantación de regímenes totalitario. Esto exige que haya estándares claros y previamente definidos para establecer cuando son procedentes estas limitaciones. Sin embargo, fácilmente esta democracia protegida o militante puede derivar en un mecanismo de control político de la disidencia, cuestión no es extraña en aquellos casos en que los estándares son excesivamente amplios. Como señala Zúñiga (2012):
En suma, asistimos en el umbral del nuevo siglo a sobre-reacciones colectivas, que incluso comprometen a eminentes juristas y politólogos contemporáneos en un “imaginario” de enemigos de la civilización occidental y su acerbo cultural, como ocurrió con el macartismo de la segunda post guerra contra un “enemigo”, pero esta vez un enemigo externo-interno global; en la época de la “guerra fría”. En este mismo orden de ideas resulta notorio como el constitucionalismo contemporáneo y algunas de sus más visibles figuras en las viejas democracias occidentales no logran escapar a la lógica de un enemigo interno-externo, lo que es reforzado por un evidente etnocentrismo eurocentrismo cultural, arropado como crítica al relativismo cultural en materia de derechos (Zúñiga, 2012, p. 21).
En nombre de esta defensa de la democracia se han justificado regímenes autoritarios, pero autodefinidos como democráticos. De hecho, la amenaza externa y la seguridad nacional fueron el fundamento para buena parte de las intervenciones militares, golpes de Estado y cuartelazos durante la Guerra Fría (Oehling, 1967). La defensa de la democracia ha sido frecuentemente invocada por las dictaduras de todo signo, tanto para justificarse, como para reducir las libertades políticas, de reunión, asociación, expresión y cualquiera que pudiese amenazar al gobierno (Farfán, 2025). El régimen militar chileno de Augusto Pinochet, por ejemplo, se caracterizó como una democracia protegida, en la cual la actuación de los partidos marxistas fue proscrita debido a que se los consideraba esencialmente contrarios a la democracia liberal (Cox Balmaceda, 1978).
De esta manera, en nombre de la defensa de la democracia se han aplicado criterios propios del derecho penal del enemigo en la justicia electoral, aprovechando que su naturaleza sui generis la libera de las garantías explicitas que los tratados internacionales establecen en materia civil y criminal (Kuo, 2024). El corolario de esto es la ausencia de garantías procesales como el principio de contradicción, el derecho al recurso, o la prohibición de obtención de pruebas mediante la vulneración de derechos fundamentales (Zúñiga, 2012). Se trata en todo caso de técnicas que recuerdan las de los regímenes totalitarios, y que resultan un contrasentido en las pretendidas democracias liberales (Arendt, 1974).
En cambio, el intervencionismo electoral o election subversion[24] corresponde al conjunto de acciones posteriores a la elección, realizadas por los funcionarios electorales, con el objeto de cambiar los resultados de una elección, a fin de beneficiar al candidato u opción derrotada, sea anulando los resultados, o desconociendo al verdadero vencedor. Se constituye así en una modalidad del fraude electoral, con la característica de que el intervencionismo es realizado por el mismo órgano que debería velar por la integridad e imparcialidad del acto electoral, mientras que el fraude podría ser cometido por agentes distintos dicha autoridad (Muller, 2023). La existencia de un Estado de derecho en forma, con separación de poderes, contrapesos e instituciones independientes contribuye a desincentivar, detectar y sancionar eventuales casos de intervencionismo electoral (Manheim, 2022). Sin embargo, una institucionalidad debilitada o controlada totalmente por un mismo partido político es fácilmente manipulable, al punto de que las elecciones sean una puesta en escena para legitimar un resultado definido de antemano, cosa que ha sucedido históricamente en muchos regímenes autodefinidos como democracias liberales (Farfán, 2024).
En el caso de Rumania es importante señalar que hasta 2024 la Corte Constitucional no había realizado un control político de las candidaturas, mucho menos en base a los informes de los servicios de inteligencia. Esto no significa que no se hayan presentado candidatos con ideologías extremistas. El Partido de la Gran Rumania logró elegir parlamentarios, participar de las elecciones presidenciales, e incluse obtener cargos en el gobierno pese a defender la dictadura de Ceausescu y mantener posiciones abiertamente extremistas, sin que fuera proscrito por los tribunales rumanos (Iancu, 2025). En cambio, hasta ahora no se ha logrado acreditar fehacientemente un ataque externo contra la plataforma electoral de Rumania, ni que tal ataque haya sido realizado por Călin Georgescu, mucho menos con el apoyo de la Federación Rusa (Bréville, 2025).
Una cuestión fundamental en todo análisis de caso radica en la inferencia que se puede realizar de él para escenarios similares. Este debe ser analizado en función de los criterios que se esperarían aplicar, en cualquier supuesto, y no solo cuando se trate de un candidato cuya ideología o posiciones resulten despreciables para el gobierno de turno o sus aliados internacionales. ¿Es valido que se pueda descalificar al vencedor de una elección, en base a los antecedentes que hayan recopilado los servicios de inteligencia del Estado, siguiendo órdenes de la autoridad política derrotada en esos mismos comicios? Pues precisamente ese es el escenario rumano; semejante a que el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) le solicitase al Tribunal Constitucional que anulase una victoria parlamentaria del PSOE o el PP, argumentando que dichos partidos han recibido financiamiento no declarado de fuentes extranjeras, o debido a que su campaña de las redes sociales les ha dado una cobertura superior que la de sus oponentes.
Aquí se han utilizado los mecanismos propios de la democracia militante, pero sin sus fundamentos. Para la Corte Constitucional fue irrelevante que Călin Georgescu fuese de ultraderecha, o que se negase a respaldar al gobierno ucraniano en el conflicto del Donbás. Fue sancionado por una infracción a las normas del gasto electoral, aunque la ley rumana no dispone que ello acarree la nulidad de los comicios; en realidad, la Corte Constitucional de Rumania ha creado una sanción ad hoc, para efectos de evitar la victoria de Călin Georgescu, sin esperar a que se realice una investigación regular conforme a lo dispuesto a la ley, y que una vez substanciado el proceso podría haber resultado en la absolución o condena del candidato, así como su eventual destitución del cargo, pero solo tras un juicio en forma.
Este aparece como un mero caso de intervencionismo electoral, en que a partir de un resquicio legal se ha anulado una elección popular, a fin de evitar la victoria de un candidato que resulta indeseable para los partidos dominantes de la política rumana. Obviamente que se puede cuestionar el programa y declaraciones de dicho candidato, sin embargo, ese análisis debería haber sido previo a su victoria en las urnas. No es posible que, ante la inactividad de la Corte Constitucional al momento de la inscripción, se trate de corregir la situación recurriendo a los órganos de seguridad del Estado para dejar sin efecto el resultado de unas elecciones democráticas.
El efecto que la sentencia atribuye a la manipulación de redes sociales es el mismo que tendría cualquier financiamiento de campaña, ya que esto por esencia le otorga más visibilidad al candidato con mayor financiamiento. De la misma forma, la deficiencia de las encuestas no ha sido considerada, pese a que existe abundante investigación comparada respecto a que muchas de ellas son utilizadas para promover el crecimiento de candidaturas al presentar un apoyo desproporcionado a las mismas (Marshall et. al, 2021). Para la Corte Constitucional el problema es que no se declararon los gastos de campaña en redes sociales, o al menos no los estimados por los servicios de inteligencia. Para la Corte resulta incomprensible que la candidata que obtuvo el segundo haya desembolsado 10 millones de euros en sus redes sociales, sin lograr la visibilidad del candidato que no declaró gasto alguno, pero que alcanzó una interacción y difusión superior a la de todos los demás postulantes en las últimas semanas de campaña, pese a que las encuestas le daban una votación marginal (Bréville, 2025).
Una grave cuestión se encuentra en que el tras el Gobierno del exgeneral Nicolae Ciucă la democracia rumana se ha vuelto dependiente de los organismos de inteligencia, cuyas acciones no están sujetas al escrutinio público, a diferencia del resto de las autoridades propias de una democracia liberal. En esto último se encuentra el principal problema del asunto, y que justifica los cuestionamientos que el vicepresidente James David Vance de EE.UU. realizó contra Rumania: hasta las elecciones están sujetas a la intervención de los servicios de inteligencia, por sobre lo que pueda decidir la voluntad popular.[25]
Con todo, debemos señalar que este fenómeno no es nuevo en Europa. Lo mismo ocurrió en las elecciones presidenciales de Bielorrusia en 2020, cuando Víctor Babariko fue arrestado por infracciones tributarias justo tras inscribirse como candidato independiente.[26] Tenemos otro ejemplo actual en Turquía; durante la redacción de este artículo fue detenido el alcalde socialdemócrata Ekrem Imamoglu, junto con cientos de dirigentes opositores al islamista Recep Tayyip Erdogan, lo que casualmente ocurre poco después que el alcalde confirmase que competiría para la presidencia de Turquía.[27] Se trata en ambos casos de atentados contra el régimen democrático, pero que no reciben la misma condena internacional.
4.- Conclusiones
La investigación realizada permite concluir que la anulación de la primera vuelta de las elecciones presidenciales de Rumania no es un caso de democracia militante, ya que la anulación de las elecciones presidenciales por parte de la Corte Constitucional no se funda en la ideología del candidato Călin Georgescu, sino que corresponde únicamente a una forma de intervencionismo electoral. Esto solo demuestra el debilitamiento institucional de dicho Estado, fenómeno acelerado bajo el Gobierno de Nicolae Ciucă.
En este sentido, tras la sentencia de la Corte Constitucional de Rumania, ratificada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, aparece como una mera expresión de intervencionismo electoral, en la que se utilizaron los mecanismos propios de la democracia militante. La oportunidad y forma en que se recopiló esta información, mediante el uso de los servicios de inteligencia y solo una vez que el candidato logró la victoria en la primera vuelta de las elecciones, dan cuenta de se trata de una mera intervención electoral.
Por su parte, la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el caso Călin Georgescu v. Rumania ha reafirmado que el derecho a elecciones libres se limita a la elección del órgano legislativo, como señala expresamente el Art. 3 del Protocolo N°1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (1952). De esta manera, este fallo reafirma que los Estados europeos son soberanos para realizar elecciones de su órgano ejecutivo sin las garantías propias de una democracia liberal, aunque sus mismas constituciones establezcan una obligación semejante. Adicionalmente, ha negado que exista el derecho al juicio justo y al recurso tratándose de procedimientos electorales y constitucionales, rechazando igualmente la libertad de asociación política respecto de candidaturas independientes.
Con todo, la sentencia adolece de varias deficiencias en relación a su valoración del dictamen de la Corte Constitucional. En primer lugar, no tuvo en cuenta que las pruebas fueron obtenidas mediante la acción de los servicios de inteligencia, sin posibilidad de ser controvertidas por parte del afectado. Además, la causa no fue estrictamente electoral o constitucional, ya que ella estableció una sanción especial y a la apertura de una investigación criminal, basada precisamente en los antecedentes que el TEDH no consideró como relevantes. Y, finalmente, se invisibilizaron las posibilidades de actuación de los candidatos independientes frente a los partidos políticos.
Como comentario final, es importante hacer presente el problema que supone que en Europa no existan garantías para asegurar un derecho a elecciones libres a todo evento. En este sentido el sistema interamericano es claramente superior, al reconocer la libertad electoral en todo tipo de comicios.
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[1] Călin Georgescu es ingeniero agrónomo de profesión. Se ha desempeñado en áreas ligadas al desarrollo sostenible. Entre 2010 y 2012 trabajó para la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, como Relator Especial sobre las obligaciones de derechos humanos relacionadas con la gestión y eliminación ecológicamente racionales de las sustancias y los desechos peligrosos.
[2] DIGI24, 29-11-2024. Cum arată „campania cu zero lei” a lui Călin Georgescu: afișe, bannere și reviste electorale. Zeci de pliante, trimise la o mânăstire. https://www.digi24.ro/alegeri-prezidentiale-2024/calin-georgescu-este-promovat-cu-afise-bannere-si-reviste-electorale-desi-sustine-ca-nu-a-cheltuit-niciun-leu-in-campanie-3026089
[3] En 2014 el Partido Demócrata Liberal se fusionó con el PNL.
[4] DIGI24, 04-09-2021. Moțiunea de cenzură USR PLUS - AUR: „Demiterea Guvernului Cîțu, singura șansă a României de a trăi!” https://www.digi24.ro/stiri/actualitate/politica/document-motiunea-de-cenzura-usr-plus-aur-demiterea-guvernului-citu-singura-sansa-a-romaniei-de-a-trai-1656505
[5] Hasta 1989 fue miembro del Partido Comunista Rumano, en su calidad de oficial de las Fuerzas Armadas. Participó en la invasiones de Afganistán (2001) e Irak (2004).
[6] DIGI24, 22-11-2021. PSD a votat în unanimitate intrarea la guvernare cu Nicolae Ciucă premier. Social democrații vor avea nouă ministere în Guvern. https://www.digi24.ro/stiri/actualitate/politica/sedinta-psd-inaintea-consultarilor-de-la-cotroceni-ciolacu-o-sa-propun-ambele-variante-care-partid-va-avea-primul-premier-1744679
[7] PROTV, 11-10-2021. “Simion: ”AUR propune un premier independent, care să respecte interesele națiunii române”. https://stirileprotv.ro/stiri/politic/simion-aur-propune-un-premier-independent-care-sa-respecte-interesele-natiunii-romane.html
[8] HotNews.ro, 11-10-2021. UPDATE Preşedintele Iohannis – consultări cu partidele parlamentare pentru desemnarea candidatului la funcţia de prim-ministru / Cine merge la Controceni și care este programul. https://hotnews.ro/update-presedintele-iohannis-consultari-cu-partidele-parlamentare-pentru-desemnarea-candidatului-la-functia-de-prim-ministru-cine-merge-la-controceni-si-care-este-programul-168474
[9] Autoridad Electoral Permanente de Rumania. Resultados de las elecciones presidenciales del 24 de noviembre de 2024. https://prezenta.roaep.ro/prezidentiale24112024/pv/romania/results/
[10] PROTV, 02-12-2024. “CCR a validat primul tur al alegerilor prezidențiale. În al doilea tur vor participa Călin Georgescu și Elena Lasconi”. https://stirileprotv.ro/stiri/actualitate/ccr-a-validat-primul-tur-al-alegerilor-prezidentiale-in-al-doilea-tur-vor-participa-calin-georgescu-si-elena-lasconi.html
[11] Aunque Rumania es uno de los países más pobres de toda la Unión Europea, su servicio de inteligencia es considerado uno de los más avanzados y mejor financiados de la UE. Dicha infraestructura fue heredada del Securitate, policía secreta de la brutal dictadura de Nicolae Ceaușescu (Iancu, 2025).
[12] DIGI24, 05-12-2024. “Klaus Iohannis a desecretizat documentele CSAT privind alegerile. Ce spun analizele SRI, SIE, MAI și STS despre Călin Georgescu”. https://www.digi24.ro/stiri/actualitate/politica/klaus-iohannis-a-declasificat-documentele-din-ultima-sedinta-csat-despre-campania-lui-calin-georgescu-3033309
[13] Embajada de Estados Unidos en Rumania, 04-12-2024. “Declarație privind alegerile prezidențiale din România”. https://ro.usembassy.gov/ro/alegerile-prezidentiale-din-romania/
[14] Corte Constitucional de Rumania. Resolución N°32 de 2024. 6 de diciembre de 2024. https://www.ccr.ro/wp-content/uploads/2025/02/RULING-No-32-2024.pdf
[15] Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Decisión 37327/24. 6 de marzo de 2025. https://hudoc.echr.coe.int/eng?i=001-242417
[16] Stiripesurse, 27-01-2025. “Călin Georgescu spulberă competiția: Nicușor Dan și Crin Antonescu se bat pentru locul secund”. https://www.stiripesurse.ro/sondaj-curs-calin-georgescu-spulbera-competitia-nicusor-dan-si-crin-antonescu-se-bat-pentru-locul-secund_3562931.html
[17] DIGI24, 27-02-2025. “Călin Georgescu, pus sub control judiciar, după 5 ore de audieri. Un magistrat este cercetat alături de politician”. https://www.digi24.ro/stiri/actualitate/justitie/surse-calin-georgescu-ridicat-de-politie-3135949
[18] Libertatea, 05-07-2018. “Cine este Gabriel Vlase, noul director al Serviciului de Informații Externe”. https://www.libertatea.ro/stiri/cine-e-gabriel-vlase-noul-director-al-serviciului-de-informatii-externe-2292911
[19] Para un estudio acabado acerca de la partitocracia, sus características y consecuencias, se recomienda Fernández de la Mora (1976). Para un análisis contemporáneo limitado a la partitocracia frente a la democracia liberal, se recomienda Farfán (2024).
[20] La Constitución Española de 1978 limita la intervención política solamente a los partidos constituidos. Debido a esto es frecuente que los vecinos de ciertas localidades o los grupos de interés formen agrupaciones instrumentales para presentarse a las elecciones locales.
[21] Dicha norma prohíbe los partidos o movimientos contrarios al régimen constitucional, previa declaración del Tribunal Constitucional Federal. En 1952 fue proscrito el Partido Socialista del Reich (SRP), por ser una reconstitución del Partido Nazi. En 1956 se ilegalizó el Partido Comunista Alemán (KDP) y sus organizaciones satélites, por ser contrarios al régimen democrático. En dos oportunidades las autoridades alemanas han intentado prohibir el Partido Nacional Democrático (PND), sin embargo, el Tribunal Constitucional ha rechazado ambas solicitudes. En la primera oportunidad se denegó debido a que informantes del Ministerio del Interior formaban parte de la misma dirigencia del partido. En la segunda ocasión se consideró que el movimiento era inconstitucional, pero su limitado tamaño le impedía amenazar la democracia alemana.
[22] Esta disposición fue implementada por la Ley Nº 645, del 20 de junio de 1952, también conocida como Ley Scelba, la que además prohíbe la apología del fascismo. Sin embargo, esto no impidió que los antiguos dirigentes de la dictadura de Mussolini formasen en 1946 el Movimiento Social Italiano (MSI), que fue un actor importante del régimen político hasta que en 1995 se transformó en Alianza Nacional, un partido de centroderecha liberal. Giorgia Meloni, actual presidenta del Consejo de Ministros, fue miembro de las juventudes del MSI.
[23] La disposición formaba parte del texto original de la Constitución de 1980, y proscribía los partidos cuya ideología fuese totalitaria y/o basada en la lucha de clases. La disposición fue derogada en 1989, a fin de permitir la reinscripción de los socialistas y comunistas.
[24] La traducción correcta al inglés es “electoral subversion”. No se debe confundir con “electoral interference”, que aunque parezca homógrafa refiere solo a las intervenciones extranjeras en la política en procedimientos electorales.
[25] Romania Insider, 17 de febrero de 2025. “US vice president says Romania canceled presidential election over “flimsy intelligence suspicions” and “continental pressure”. https://www.romania-insider.com/jd-vance-romania-elections-annulment-feb-2025
[26] El Mundo (España), 20-10-2020. “Más de cien detenciones en Bielorrusia tras el arresto del principal rival de Lukashenko”. https://www.elmundo.es/internacional/2020/06/20/5eedd2fdfc6c83894b8b45a1.html
[27] Biobio Chile, 20-03-2025. “ El tenso ambiente en Turquía tras la detención del alcalde de Estambul y máximo opositor de Erdogan”. https://www.biobiochile.cl/noticias/internacional/europa/2025/03/20/el-tenso-ambiente-en-turquia-tras-la-detencion-del-alcalde-de-estambul-y-maximo-opositor-de-erdogan.shtml
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